Imagen.- Wikipedia
Mañana presentaremos este escrito en el Registro de entrada de la Xunta en Vigo. Mientras la izquierda estuvo en el poder legisló estas cosas, luego con esta legislación la derecha recauda, amnistía a infractores, contrabandistas y estafadores mediante un diez por ciento de lo defraudado, salva a los chorizos de la banca, a alcaldes que no pagaron el IVA que percibieron por sus promociones, y los que nunca defraudamos, que cumplimos la ley vemos incrementar nuestro patrimonio, solo a efectos impositivos en dos y tres veces lo que por él pagamos. Da la impresión que los legisladores conspiran para alterar el precio de las cosas. Os lo explico:
Sujeto Pasivo.- María XXXXXXXXXXX
NIF: XXXXXXXXQ
Nº de expediente.- 2012/54/000/06102
Referencia Documento:600725456709.
La abajo firmante expone:
Desde
mil novecientos noventa y ocho, junto con mi marido JOSE XXXXXXXXXX, venimos adquiriendo viviendas en el inmueble situado en Alta, 22
Vigo a que se refiere este expediente y el Nº 2011/54/000/10485.
Lo
hemos planteado como un plan de pensiones, al tiempo que ejercemos la
rehabilitación del casco viejo, sin ningún afán especulativo. Compramos,
rehabilitamos y ponemos en alquiler.
1.
Diferimos de la aplicación de la Ley y de la Ley misma, que por cierto
no se ha aplicado a los especuladores, mientras que a nosotros en la
compra realizada el 15/03/2011, se nos aplica la Ley y una orden
kafkiana de la Consellería, cálculo logarítmico incluido con efectos
retroactivos. Recibimos la notificación de que la Administración no
acepta el precio que pagamos como Valor de Mercado seis meses más tarde
de la fecha de compra. En ese tiempo, hemos terminado las obras de
adecentamiento y rehabilitación pagadas integramente a nuestras
expensas.
2.
Agradeceríamos a los legisladores, a las empresas de asesoría externa y
a los funcionarios actuantes se pongan de acuerdo con el significado de
las palabras con la Real Academia, con la Academia Gallega y con la
población, en el uso del lenguaje, o supriman estas gravosas entidades
de los Presupuestos.
Valor. -8. m. Equivalencia de una cosa a otra, especialmente hablando de las monedas.(RAE)
Mercado.- 8. m. Estado y evolución de la oferta y la demanda en un sector económico dado. (RAE)
La
regulación legal del mercado no sabemos si está permitida, pero en
nuestro caso la que ustedes aplican es injusta. Porque las valoraciones
en Rúa Alta, con cinco edificios en ruinas a a menos de 25 metros de
distancia del nuestro, no pueden ser valorados como en la Gran Vía, Pi y
Margall o el Castro, donde no hay ninguno. Una zona “Bohemia” con
patrullas policiales y broncas más frecuentes de lo deseable, no se
ajusta a lo que ustedes llaman precios medios de mercado.
Su
valoración de la calidad de la construcción como mediana, no sabemos
como la establecen, pero no parece muy coherente para viviendas de
pescadores de 1900, fecha en que ustedes datan el edificio. Vigas hechas
con mástiles de barco, tabiques y techos de barrotillo enlucidos con
mortero bastardo hecho con arena de playa. Tubos de agua de hierro. En
fin, un curso de arqueología arquitectónica de clases bajas para quien
tenga interés.
Otro de los conceptos que ustedes aplican es el que denominan Coeficiente de Mercado que,
dicen, pondera gastos y beneficios de promoción, no hemos podido
encontrar el anexo II de la Normativa técnica, Norma 4 que en su escrito
aseguran lo explica. Pero si encontramos un abuso que esa norma incremente un 40 % el valor de tasación de lo comprado. Es
decir que ustedes y sus asesorías externas, publican una norma, la
aplican en algunos casos con efectos retroactivos a ciudadanos que no
falsean ni un céntimo el valor de lo comprado, incrementan el precio de
las cosas, sin importarles ni la situación económica del contribuyente,
ni los beneficios que su actividad reporta, ni el valor real de las
cosas. Nosotros buscamos la financiación para adquirir esas propiedades,
pagar los impuestos y gastos resultantes y restaurar, haciendo
habitables y rentables, los inmuebles, pero nunca contamos que la
Administración pudiese incrementar el valor de lo comprado, al solo
efecto recaudatorio en tres veces en un caso y en dos veces en otro.
Es por lo que:
Se solicita:
El archivo y anulación de los expedientes citados.
La
revisión de las normas de aplicación que afectan fundamentalmente a los
que haciendo un gran esfuerzo económico y en nuestro caso físico sacan
adelante proyectos en lugares que de otro modo sólo serían ruinas.
Documentación que se aporta.
Informe
de la Oficina de Rehabilitación del casco histórico de Vigo. Estado del
edificio en el momento de iniciación de las obras. Esto es lo que
ustedes califican como Calidad de construcción Mediana.
Fotografías de la vivienda (Al comienzo de las obras de sustitución techos peligrosos) Fotos Oficina de Rehabilitación.
FirmadoXXXXXXXXX
DNI XXXXXXX
Dirigido a.-
XUNTA DE GALICIA. Consellería de Facenda. Departamento Territorial de Vigo.
Copias.-
Parlamento de Galicia:
Grupo Parlamentario Popular.
Grupo Parlamentario Socialista.
Grupo Parlamentario BNG.
Parlamento Español: Todos los grupos.